AFIP: CADUCIDAD DE PLANES DE FACILIDADES DE PAGOS - RG N°4268.


Desde el organismo, se ha detectado un importante incremento de caducidades de planes de facilidades de pagos permanentes,  previstos en la Resolución General N°4268; y teniendo en cuenta diferentes consultas efectuadas, la Administración Federal, ha formulado las siguientes consideraciones sobre el tema:

Causales de caducidad Res. Gral. N°4268 (Art. 15°): La caducidad del plan operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte de este Organismo, cuando se produzcan alguna de las siguientes causales:

 

a) Planes con Perfil de cumplimiento del contribuyente I y II:

1. Falta de cancelación de 2 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas.

2. Falta de ingreso de la cuota no cancelada, a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

 

b) Planes con Perfil de cumplimiento del contribuyente III:

1. Falta de cancelación de 1 cuota, a los 30 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la misma.

           
                    IMPORTANTEA los efectos del control de la cantidad de cuotas impagas y su antigüedad, que determinan la caducidad del plan de pagos, se considera la calificación SIPER que registraba el contribuyente en el momento de la adhesión al mismo, y no en oportunidad de verificarse el incumplimiento.

                     Por otro lado, la Res. Gral. 5243 extiende hasta el 30/09:

• La cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento, correspondiente al régimen de facilidades de la “Plan permanente”.
• Se sustituye en el Anexo: la expresión “VIGENCIA TRANSITORIA DESDE EL 20/08/2019 AL 31/07/2022”, por la expresión “VIGENCIA TRANSITORIA DESDE EL 20/08/2019 AL 30/09/2022”.
• Se elimina la columna denominada “TOPE” del cuadro referido a “CANTIDAD DE PLANES, CUOTAS Y TASA DE INTERÉS DE FINANCIACIÓN” del Anexo II, correspondiente a “MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS -TRAMO 1-”.

Para más información, ingresar al micrositiohttps://www.afip.gob.ar/misfacilidades/

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