Se habilita la inscripción a los créditos a tasa subsidiada

NOTICIAS DE AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilita el sistema para que las empresas tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada correspondientes a los salarios de septiembre. La herramienta estará disponible entre el 7 y 19 de octubre, inclusive.

Los Créditos a Tasa Subsidiada ofrecen asistencia para el pago de salarios a aquellos empleadores inscriptos en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) que durante agosto de 2020 registraron una variación nominal positiva en su facturación del 0% al 40% en relación con el mismo mes del año pasado. 

"El Programa ATP representa un esfuerzo inédito del Estado argentino que permitió amortiguar el impacto económico de la pandemia del COVID-19 sobre los puestos de trabajo del sector privado. La mitad de las empresas argentinas accedió a los beneficios a lo largo de los últimos seis meses", destacó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont. 

Alrededor de 1,3 millones de trabajadoras y trabajadores que se desempeñan en más de 124 mil empresas accedieron al Salario Complementario correspondiente a septiembre. Los fondos serán depositados por la Anses en las cuentas bancarias de los beneficiarios a partir del 8 de octubre. 

El sistema para tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada será habilitado a partir de la Resolución General N°4831 que se publicará en el Boletín Oficial. El proceso se inicia a través del sitio web del organismo y los créditos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada. Los empleadores beneficiados podrán realizar el trámite entre el 7 y 19 de octubre, inclusive.

Las empresas que registren en su nómina trabajadoras y trabajadores con pluriempleo tendrán habilitada la opción para tramitar su Crédito a Tasa Subsidiada desde el 14 de octubre hasta el 19 octubre, inclusive. 

Las empresas que accedan a los Créditos a Tasa Subsidiada contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. La tasa de interés será fija del 15% para todos los casos.

Aquellos empleadores que cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y cancelen el crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del FONDEP.

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