La Administración Federal de Ingresos Públicos prorrogó hasta fin de año la vigencia de distintos beneficios destinados a aliviar el impacto económico de la pandemia sobre los contribuyentes y facilitar trámites en el marco de la emergencia sanitaria
MONOTRIBUTISTAS. Ningún monotributista será dado de baja
de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante
noviembre. La normativa también suspendió las exclusiones de monotributistas
correspondientes a octubre. A través de la Resolución General N°4863 se
extienden los beneficios vigentes desde marzo. La normativa establece la baja
del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que
octubre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario
para la aplicación de las bajas automáticas.
EMBARGOS Y EJECUCIONES FISCALES. Se prorroga la
suspensión de los embargos hasta el 31 de diciembre para aquellos
contribuyentes inscriptos en el Registro MiPyme. La Resolución General N°4868
también mantiene suspendida la iniciación de ejecuciones fiscales.
PRESENTACIONES DIGITALES. Con el objetivo de facilitar la
realización de distintos trámites se mantiene la obligatoriedad del uso del
servicio Presentaciones Digitales hasta el 31 de diciembre. Para utilizarlo es
necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y
confirmado. La decisión está prevista en la Resolución General N°4867. La
normativa también posterga, hasta el último día del año, la excepción de
registrar los datos biométricos. De esta forma, los ciudadanos no deben
concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.
PLANES DE PAGO PERMANENTES. La Resolución General N°4866
extiende hasta el 31 de diciembre los beneficios en materia de tasas de
interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la
"adhesión temprana" a planes permanentes.