El organismo informó que para los planes presentados al amparo de la Ley N° 27.562 registrados con situación VIGENTE y perfil CONDICIONAL, se rehabilitará de oficio las cuotas vencidas e impagas para su débito en cuenta bancaria el 12/02/2021 por el monto correspondiente al vencimiento general de las mismas.
La Ley Nº 27.562 permitió a los contribuyentes la
adhesión al régimen de regularización de deudas impositivas, previsionales y
aduaneras bajo la modalidad “condicional” exigiendo, como requisito para su
posterior aprobación, la obtención del certificado MiPyme al 15/12/2020.
Los planes así presentados se registraron en Mis
Facilidades bajo la situación “Vigente a
confirmar”; una vez finalizado el plazo
para la adhesión, los planes que cumplieron con el requisito indicado en el
párrafo anterior, fueron actualizados a “Vigente”, manteniendo dentro del
detalle del plan el "Perfil: condicional".
Es en ese sentido que AFIP informó que para los planes
presentados al amparo de dicha ley, se procederá a rehabilitar de oficio las
cuotas vencidas e impagas para su débito en cuenta bancaria el 12/02/2021 por
el monto correspondiente al vencimiento general de las mismas, por lo que
recomienda a los contribuyentes arbitrar los medios necesarios que aseguren, a
la fecha anteriormente indicada, la disponibilidad de fondos y autorizaciones
necesarias.