Extienden el plazo para adherir a la moratoria

NOTICIAS DE AFIP

Pymes, monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro tendrán tiempo hasta el 31 de julio para inscribirse en la moratoria 2020

La decisión pretende asegurar que la adhesión al régimen no se vea afectada por la pandemia y torne eficaz la recuperación de la economía perseguida por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva. La Moratoria 2020 permite que los contribuyentes regularicen deudas impositivas, de la seguridad social y aduaneras vencidas hasta el 30 de noviembre de 2019.

La normativa establece que la primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten del 1 al 31 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 18 de agosto de 2020.

La Moratoria 2020 permite regularizar esas deudas en plazos de hasta diez años. La iniciativa vigente contempla la condonación parcial de intereses y total de multas. Los contribuyentes que se adhieran deberán tener el Certificado MiPyME vigente. Contar con el documento otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo es condición necesaria para las micro, pequeñas y medianas empresas así como para los monotributistas y autónomos que desean acceder a la moratoria.

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