CORONA VIRUS: Principales medidas tributarias adoptadas en San Juan

Este informe fue elaborado por el contador Rodolfo G. Zunino y publicado en su blog profesional. Aquí lo reproducimos textualmente. También puede consultarlo directamente en el blog haciendo click en IR AL BLOG

Comentaré a continuación las principales medidas tributarias que ha adoptado la Provincia de San Juan frente a la pandemia. En general, las normas que se han adoptado pretender eliminar la realización de trámites presenciales, al menos de forma provisoria, reemplazandolos por la utilización de servicios web.

Además, se han dispuesto suspensiones de plazos administrativos y algunas reducciones y prórrogas en los pagos de impuestos. Aquí detallo las principales medidas:

  • Resolución (DGR San Juan) 416/2020 (B.O. 19/03/2020): Obtención del Certificado de Cumplimiento Fiscal a través del sitio web de la Dirección
Mediante la Resolución (DGR San Juan) 1606/2019, se establecieron la forma, plazos y condiciones de otorgamiento del Certificado de Cumplimiento Fiscal, requiriendo al contribuyente la presentación de la solicitud en forma presencial en la DGR.

Ahora se dispone que la obtención del certificado será gestionada por el contribuyente en la página web de la DGR, siempre que cumpla con la condición de cancelado o regularizado al día sus obligaciones tributarias.
  • Resolución (DGR San Juan) 413/2020 (B.O. 30/03/2020): Se suspenden los plazos administrativos

La norma dispuso suspender los plazos procesales que estuvieren corriendo y que corresponden a los días hábiles administrativos comprendidos entre el 16 y 31 de marzo de 2020, ambas fechas inclusive.

  • Resolución (DGR San Juan) 419/2020 (B.O. 30/03/2020): Reducción del impuesto fijo mensual correspondiente a los contribuyentes del régimen simplificado provincial de ingresos brutos
Se reduce en un 50% el monto establecido como impuesto fijo mensual mediante Resolución (DGR) 2196/2019, por los meses de abril y mayo del año 2020, respecto de aquellos contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado Provincial y que revisten en las categorías de monotributo A y B de la AFIP. Los montos a ingresar será los siguientes:
  1. Categoría A: $215
  2. Categoría B: $330
  • Resolución (DGR San Juan) 420/2020 (B.O. 30/03/2020): Solicitud provisoria de la Clave de Usuario Registrado
Aquellos contribuyentes o responsables que no posean CUR, podrán solicitarla en forma provisoria, a través del sitio web de la Dirección General de Rentas: www.sanjuandgr.gov.ar.

A los efectos de la generación de la CUR con carácter provisoria, en el sitio web de la Dirección General de Rentas, los usuarios solicitantes deberán declarar y completar los datos requeridos por el sistema:
  1. CUIT o el CUIL
  2. Domicilio real del usuario conforme su DNI, LC, LE
  3. Correo electrónico, donde se le notificará de la CUR otorgada con carácter provisoria
  4. Número de celular y compañía telefónica a la que pertenece el mismo
Dicha CUR de carácter provisoria deberá ser confirmada en forma presencial, dando cumplimiento a lo dispuesto en la resolución (DGR) 342/2008 y sus modificatorias, cuando la Dirección General de Rentas así lo disponga, en función de la Emergencia Sanitaria Provincial referida en los considerandos de la presente resolución.

La presente resolución entrará en vigencia a partir del día 6 de abril de 2020.
  • Resolución (DGR San Juan) 423/2020 (B.O. 30/03/2020): Se prorroga el plan de pagos de hasta 60 cuotas
La Resolución (DGR San Juan) 627/2019, estableció la posibilidad de regularizar obligaciones tributarias en instancia administrativa y judicial en hasta 60 cuotas.

La norma que comentamos, prorroga la vigencia del plan de pagos hasta el 30 de abril de 2020.
  • Resolución (DGR San Juan) 456/2020 (B.O. 13/04/2020): Cancelación de impuestos con el “Bono Vitivinícola” (BONOVIT) a través del sitio web de la Dirección
El titular del crédito fiscal, creado por la ley 1888-I, podrá utilizar los certificados para cancelar sus propios impuestos o transferir dichos certificados por única vez, en los términos de lo dispuesto por el Ministerio de la Producción y Desarrollo Económico a través de la resolución (MPyDE) 265/2019.

La cancelación con el crédito fiscal se podrá realizar de modo presencial o a través del sitio web de la Dirección General de Rentas utilizando la Clave de Usuario Registrado o Clave de Usuario Registrado Provisoria, en los términos de las resoluciones (DGR) 342/2008 y 420/2020.
  • Resolución (DGR San Juan) 457/2020 (B.O. 14/04/2020): Se extiende la suspensión de los plazos administrativos


Se extiende la suspensión de los plazos procesales que estuvieren corriendo y que corresponden a los días hábiles administrativos hasta el 26 de abril de 2020 inclusive.

  • Resolución (DGR San Juan) 467/2020 (B.O. 15/04/2020): Se suspende la aplicación del régimen de Riesgo Fiscal

La Resolución (DGR San Juan) 1219/2014, estableció un régimen de riesgo fiscal, cuyo proceso de calificación se realizaría en forma mensual. La norma que comentamos dispuso suspender la operatividad de esa calificación por el mes de mayo de 2020.

  • Prórroga en el pago de impuestos inmobiliario y automotor
Si bien aún no ha sido difundida la norma legal, se encuentran publicada en el sitio web de la DGR, las nuevas fechas de vencimiento:
    1. Pago único anual 2020 del impuesto inmobiliario: operará el día 11 de mayo de 2020
    2. Pago del primer semestre 2020 del impuesto inmobiliario: operará el día 11 de mayo de 2020
    3. Cuota 4 del impuesto inmobiliario: operará los días 11, 12, 13 y 14 de mayo de acuerdo al quinto dígito de la nomenclatura catastral.
    4. Cuota 3 del impuesto a la radicación del automotor: operará los días 11, 12, 13 y 14 de mayo de acuerdo a la terminación de las patentes respectiva
    • Otras medidas
    Mediante nota de fecha 14 de abril de 2020, el CPCE San Juan realizó una solicitud de una serie de medidas a adoptar por parte del Organismo Fiscal, a los fines de evitar las actividades presenciales.

    En respuesta a esa nota, el Dirección de Rentas informó, entre otras cosas que:
    • Los trámites de modificación de datos pueden canalizarse a través de tramitesdgr@sanjuan.gov.ar
    • El aforo de contratos puede canalizarse a través de aforodgr@sanjuan.gov.ar
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